27
Marzo
2017
“El impacto de la reforma de la previsión en la vida de las mujeres"
Las repercusiones negativas se sentirán dentro de 10 o 15 años
Andrieli Trindade – Sintrial
Foto: Sintrial
“Las mujeres y los trabajadores rurales serán los más afectados por los cambios propuestos por la reforma de la previsión social. Pero los efectos de esta se sentirán dentro 10 o 15 años, cuando la generación que ahora tiene menos de 45 años inicie sus solicitudes de jubilación”.
La afirmación pertenece al abogado, experto en derecho previsional, Carlos Alberto Calgaro, orador en el debate “Impactos de reforma de la previsión social en la vida de las mujeres”, realizado el martes 21 en el auditorio del Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Alimentación del municipio de Concórdia y región (SINTRIAL).
La actividad formó parte del calendario de “Momento Mujeres”, organizado por el Sindicato de Trabajadores Municipales de la ciudad de Concordia, con el apoyo de UMAMC*, SINTRIAL y otras organizaciones.
De acuerdo con Calgaro, los principales beneficios otorgados por el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) son la prestación por maternidad, el subsidio por enfermedad y el subsidio por accidente, que no tendrán grandes cambios con la reforma, y la jubilación por tiempo de contribución, la edad de jubilación, la jubilación por invalidez y la pensión por fallecimiento, que sufrirán cambios significativos si se aprueba el texto presentado por el gobierno.
La actividad formó parte del calendario de “Momento Mujeres”, organizado por el Sindicato de Trabajadores Municipales de la ciudad de Concordia, con el apoyo de UMAMC*, SINTRIAL y otras organizaciones.
De acuerdo con Calgaro, los principales beneficios otorgados por el Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) son la prestación por maternidad, el subsidio por enfermedad y el subsidio por accidente, que no tendrán grandes cambios con la reforma, y la jubilación por tiempo de contribución, la edad de jubilación, la jubilación por invalidez y la pensión por fallecimiento, que sufrirán cambios significativos si se aprueba el texto presentado por el gobierno.
El abogado ahondó sobre los cambios propuestos:
- - En el caso de la jubilación por tiempo de contribución: actualmente se requieren 30 años de cotización para las mujeres y 35 para los hombres; no hay un tope mínimo de edad y en relación al valor del beneficio se realiza un promedio de 80 por ciento de los salarios más altos a partir de julio de 1994 . Con la reforma se exigirán 25 años de cotización, una edad mínima de 65 años y el valor será el 51 por ciento del promedio de todos los salarios + 1 por ciento por cada año trabajado.
- - Edad de retiro: en la actualidad se puede tramitar la jubilación si se tiene 60 años o más (mujeres) y 65 o más (hombres) en el caso de trabajadores urbanos. Si se es trabajador rural, la mujer debe tener al menos 55 años y el hombre 60. La cotización debe ser de al menos 15 años o 15 años de actividad rural / agrícola y la compensación es de 70 por ciento del salario + 1 por ciento por cada año contribuido para los trabajadores urbanos y un salario mínimo para los rurales. Con la reforma, la edad mínima de retiro pasará a ser de 65 años para todos los trabajadores urbanos y rurales, con un mínimo de 25 años de cotización al INSS y el valor del beneficio se calculará sobre 51 por ciento del salario + 1 por ciento por cada año aportado.
- - Subsidio por enfermedad: Es el beneficio al que cada trabajador tiene derecho al quedar incapacitado para trabajar (aunque sea temporalmente) debido a una enfermedad durante más de 15 días consecutivos. Requiere de un mínimo de 12 contribuciones al INSS y se cobra el 91 por ciento del salario. Estas condiciones no cambian con la reforma.
- Jubilación por incapacidad: tendrá una gran modificación, principalmente en el monto abonado. Hoy en día, para tener acceso a esta prestación el trabajador debe tener al menos 12 contribuciones al INSS y se le paga el 100 por ciento del salario. Si la reforma es aprobada, se continuará exigiendo las 12 contribuciones pero el valor abonado será del 51 por ciento del salario + 1 por ciento por cada año aportado.
- Subsidio por accidente: se concede a aquellos que han sufrido cualquier tipo de accidente que le produzca secuelas permanentes y reduzca su capacidad de trabajo. Este subsidio se paga hasta la jubilación. La reforma no trajo cambios en este ítem.
- Pensión por fallecimiento: la reforma tendrá un impacto altamente negativo. Hoy en día existen normas específicas que tienen en cuenta el tiempo de contribución del asegurado y la edad del dependiente en la fecha de la muerte y hay un tiempo de duración de la prestación. El monto pagado corresponde al 100 por ciento de la jubilación o 100 por ciento del salario, y el cónyuge puede sumar el beneficio a su jubilación. Con la reforma, se mantiene la duración de la pensión por fallecimiento por tiempo determinado para los pensionistas menores de 45 años, pero el valor volverá a ser por sistema de cuotas, como lo fue hasta mediados de la década de 1990: 50 por ciento de cuota familiar y 10 por ciento por cada dependiente sin superar el 100 por ciento, y no se puede acumular con otra jubilación.
Para Carlos Calgaro, la presión de los sindicatos, los movimientos sociales y de cada uno junto a los diputados y senadores puede ayudar a impedir la adopción de esta propuesta en los términos en que se está presentando.
Traducción: Luciana Gaffrée
*Nota del Traductor: Unión Municipal de Asociaciones de Vecinos de Concórdia